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A partir de la derogación de la ley de alquileres, los contratos pueden ajustarse por el índice que se acuerde entre las partes, siendo el más utilizado el del IPC.
12 de febrero de 2026
Una de las opciones más comunes al pactar nuevos contratos de alquiler es ajustar el valor por inflación. Este escenario se establece tras la derogación de la ley de alquileres a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei en diciembre de 2023, lo que permite a propietarios e inquilinos definir la forma en que actualizan los contratos. Actualmente, muchos acordaron contratos por dos años, en pesos y con ajuste por inflación cada tres o cuatro meses, aunque también existen acuerdos que se ajustan por ICL o que se fijan en dólares sin necesidad de ajustes.
Actualización del precio del alquiler por inflación
Para realizar la actualización del precio del alquiler, se puede utilizar como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que el Indec publica cada mediados de mes. Al momento de firmar el contrato, las partes deben acordar cada cuánto tiempo se realizará el ajuste, ya que la periodicidad es clave. Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios, sugiere que en contextos de alta inflación es conveniente que la indexación sea trimestral, mientras que en épocas más estables podría ser cuatrimestral.
Con una calculadora automática
Existen diversas calculadoras automáticas de inflación acumulada disponibles en internet, como la de Chequeado, que se utilizará como referencia en el procedimiento a continuación:
1. Ingresar al enlace proporcionado.
2. En “Para comprar algo que salía”, ingresar el monto del alquiler a actualizar.
3. En “a principios de”, ingresar el mes de inicio del período de ajuste. Por ejemplo, si el ajuste trimestral se hace a mediados de febrero, debe considerarse el período de noviembre a enero.
4. En “a finales de”, ingresar el mes en que finaliza el período de ajuste.
5. En “necesitarías la suma de”, se mostrará el nuevo valor del alquiler.
Por ejemplo, si se pactó un ajuste trimestral para un alquiler de $650.000 iniciado el 13 de noviembre de 2025 que debe ajustarse en febrero, se tomaría la inflación de noviembre (2,5%), diciembre (2,8%) y enero (2,9%). En este caso, la inflación acumulada del período ronda el 8,44%, lo que llevaría el alquiler en febrero a aproximadamente $704.891 mensuales.
En forma manual
Si se elige ajustar de forma manual, es fundamental recordar que no hay que sumar la inflación de cada mes, sino multiplicar las variaciones de inflación y luego aplicar el resultado al valor del alquiler. Para calcular la inflación acumulada del período:
1. Acceder al informe de IPC del Indec desde su página oficial.
2. Localizar el segundo gráfico “Variaciones mensuales del Nivel general del IPC” en el informe.
3. Calcular la inflación de cada mes dividiendo el porcentaje por 100 y sumando 1.
Por ejemplo, para un alquiler de $650.000 con ajuste trimestral comenzando en noviembre:
– Inflación de noviembre: 2,5% → 1,025
– Inflación de diciembre: 2,8% → 1,028
– Inflación de enero: 2,9% → 1,029
La cuenta sería:
650.000 x 1,025 x 1,028 x 1,029 = $704.767.
Este será el nuevo valor del alquiler para el trimestre siguiente.
Nota importante: Los resultados pueden diferir ligeramente de los cálculos realizados con la calculadora automática debido a que las cifras del Indec suelen redondearse.
Para más información, podés visitar la fuente original: Ver nota original.